Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA :
CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ en contra de MATILDE PANTE, ya identificados, en la parte narrativa del presente fallo, y como consecuencia de ello:
La disolución del vinculo conyugal contraído por ante la Prefectura del Municipio Reyes Cuenca, Distrito Paz Castillo del Estado miranda, en fecha veintisiete (27) de Marzo de mil novecientos ochenta y nueve.
Se condena en costas a la parte demandada por haber sido vencida en esta instancia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLIQUESE, INSERTESE