En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los causantes, a los ciudadanos MIGUEL ANGEL NAVA PIÑEIRO, NELSON ANTONIO NAVA, MARÍA ISABEL NAVA, OSWALDO JOSE NAVA y YESENIA BEATRIZ NAVA,, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad V.- 4.522.854, V.- 4.151.513, V.- 3.776.207, V.- 4.741.160, y 5.802.748. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJA A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal.
LA JUEZ,
Abog. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO. Mg. Sc.
LA SECRETARIA,
Abog. GABRIEL.....