En razón de las antes consideraciones expuestas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: Se declara la Flagrancia en el presente caso. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano ENYERBERTH JOSE FERRER, de nacionalidad venezolana, natural de Ciudad Ojeda, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 07-03-1983, de esta civil concubino, de profesión Obrero, titular de la cédula de identidad No. V-18.509.541, con domicilio procesal en el Carretera G, Avenida 21, diagonal a Convalsa, casa S/N, Tía Juana, Estado Zulia, teléfono:0414-6719284, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre d.....