Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus ISIDORA CLOTILDE RAMOS; quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número 1.064.376, fallecida el dieciséis (16) de junio de 2011, en jurisdicción del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a la ciudadana ALBA ROSA LAMEDA DE MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.859.133, domiciliada en el Sector Corito, casa sin número del Municipio Cabimas del Estado Zulia, y a sus hermanos, los ciudadanos EVELIO DE JESÚS LAMEDA, RAFAEL JOSÉ LAMEDA RAMOS, NERIO ANTONIO LAMEDA RAMOS, CARMEN MERCEDES LAMEDA RAMOS, JAIME JOSÉ LAMEDA RAMOS.....