PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos JOSE LUIS HERNANDEZ RINCON y AMARILYS DEL CARMEN MORENO SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos. 7.780.927 y 9.428.556, respectivamente.
DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha 09 de Diciembre de 1995, contrajeron ante el Jefe Civil y secretario de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, según consta en el acta de matrimonio Nº 358, de los ciudadanos JOSE LUIS HERNANDEZ RINCON y AMARILYS DEL CARMEN.....