Esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ANDRES RAFAEL MARCANO y ERICA ELIZABETH OLIVERA DE MARCANO, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.051.770 y E.-84.282.282 respectivamente, asistidos del abogado en ejercicio JESUS RAFAEL MEDINA BRITO, inscrito en el inpreabogado bajo el número 79.756, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 05.01.1999 ante la Oficina de Registro Civil, Zona Centro de la Provincia de Chubut, Republica de Argentina Comodoro Rivadavia, y legalizada en fecha 09.10.2002 ante el Registro Civil del Municipio Anaco del Estado Anzo.....