declara:
a) CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por el ciudadano LEONARDO JAVIER VERA ROJAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-18.988.268, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana ANNY GABRIELA ACOSTA RIVERO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-23.443.516, y en beneficio de la niña RUTH KATHERYNE VERA ACOSTA, de dos (02) años de edad, por los motivos expuestos en la parte motiva de esta sentencia. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo al Salario Mínimo Nacional actual, al Principio del Interés Superior del Niño, a las necesidades de las niñas de autos; fija como pensión de obligación de manutención la cantidad mensual equivalente al 33,33% del Salario Mínimo Nacional actual, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y.....