Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos SIMÓN ANTONIO SOTO BARRETO y ELIZABETH COROMOTO VILLALOBOS DE SOTO, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día nueve (09) de diciembre de 1978, por el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No.1390.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon cuatro (04) hijos de nombre PETER ANTONIO SOTO VILLALOBOS, ANDREA DEL CARMEN SOTO VILLALOBOS, MONICA DEL CARMEN SOTO VILLALOBOS y MARBELIS COROMOTO SOTO VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, .....