PRIMERO: CONDENA al acusado VICTOR JOSE LÓPEZ, Venezolano, Natural de Cabimas, del Estado Zulia, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 12-11-1993, soltero, de Profesión u Oficio ayudante de albañil titular de Identidad V- 16.170.316, hijo de los ciudadanos Nancy Ramona López y padre desconocido, residenciado Barrio Cumarebo, callejón Mara, casa N° 6, detrás de la Antigua Coca Cola, Cabimas, Estado Zulia, conforme al PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, como coautor del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1°, 2°, 3° de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjurio del ciudadano JOSE MANUEL QUINTERO; en las circunstancias de tiempo modo y lugar expresados, que en definitiva será la pena a cumplir en el Centro Penitenciario que designe el Juez de Ejecución competente, sin perjuicio de otra formula .....