este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Decreta el PROCEDIMIENTO POR REBELDÍA, al adolescente sancionado (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA) Estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el Artículo 458 en concordancia con el Artículo 83 del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de los ciudadanos. JUAN CARLOS VALENCIA, JESUS ANGEL LEAL OLIVARES y CYBER XP, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: Una vez que conste en actas la ubicación, captura e ingreso del adolescente sancionado (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), por los Cuerpos Policiales, este tribunal fijará por auto por separado la fech.....