Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a Declarar: Que hay lugar al cobro de los honorarios profesionales, por parte del ciudadano FELIX ARMANDO ANDARCIA SEVILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro.11.945.269, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado con Matricula número 119.209.
En consecuencia, este juzgado por cuanto concluyó la fase declarativa, fija para el tercer día de despacho siguiente a la constancia en autos de la notificación de las partes, y conste en autos la misma, a las 10:00 de la mañana, y designen sus jueces retasadores, se deja constancia que el día fijado deberán traer las partes la carta de aceptación de los mismos.-
Se apercibe igualmente en esta decisión a los abogados, a mantener el orden procesal en esta causa, siguiendo los pasos que la.....