En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano LUIS RAFAEL GOMEZ, plenamente identificado, de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 5° del Código Penal, y se CONDENA a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN.
SEGUNDO: Se le condena igualmente a cumplir la pena accesoria establecida en el artículo 16 ordinal 1° del Código Penal vigente, relativa a la inhabilitación política.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la sentencia y remítase la presente causa en su estado original al Juzgado de Ejecución respectivo.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Primero de M.....