DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso de apela< interpuesto por el Profesional del derecho Abogado CARLOS JUAN PEÑA VÁZQUEZ, Defensor Público Cuarto adscrito a la Unidad de Defensa Pública de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, con el carácter de defensor de los ciudadanos ABELARDO PÉREZ TORREALBA, MARIBEL DEL CARMEN GUERRERO y JIM JESÚS ACOSTA CASTELLANO, contra la decisión N° 2C-1526-05, de fecha once (11) de Noviembre de 2005, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual se acordó otorgar la prorroga hasta por un máximo de quince (15) días adicionales, a los fines de que el representa.....