Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento de la apelación formulado por la profesional del derecho Dra. SILEYNI PRIETO, abogada en ejercicio con Inpreabogado No. 87.892, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA ELENA LOMBARDO LOPRESTI, plenamente identificada en actas y parte demandante en el presente procedimiento de DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) que intentó en contra del ciudadano MISAEL EDIXON OLIVEROS ROJAS; y en consecuencia,
SEGUNDO: Se da por consumado el citado acto unilateral de desistimiento del recurso de apelación.
TERCERO: Queda de esta manera CONFIRMADA la sentencia apelada.
CUARTO: Se ordena remitir inmediatamente el presente expediente, al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario.....