• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, con fundamento de la Jurisprudencia de fecha 9 de diciembre 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia intentado por el ciudadano HENGHENBERT AVISMEL GARCIA PRIETO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-13.635.453, en contra de la ciudadana DELISECT MARIA YSAMBERTT RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V-15.010.932.
• DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 08 de Junio de 2010, por ante el Registro civil de la Parroquia Cristo de Aranza del municipio Maracaibo del Estado Zulia, todo lo cual consta de acta de Matrimonio signada con el No.142
Durante el desarrollo de la reunión mediadora acuerdan lo concerniente a las INTITUCIONES FAMILIARES. Quedando establecidas de la siguiente manera: PRIMERO: La Responsabilidad De Crianza y la Patria Potestad, de su hija será ejercida conjuntamente entre los padres. SEGUNDO: La Custodia d.....