Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por el ciudadano CELIS SEGUNDO CARACHE REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.842.907, domiciliado en la Carretera J, Callejón la Gloria, Sector Santa Rosa, Parroquia San Benito, Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por el Abogado en ejercicio, ciudadano, HUMBERTO ANTONIO PORTELES ARTEAGA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 52.406, contra de la ciudadana, ELBA MARIA GARCIA DE CARACHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 2.644.998, residenciada en el Barrio Federación 2, Calle Carrasquero, Casa N° A-11, Parroquia San Benito, Municipio Cab.....