DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
APROBADO y HOMOLOGADO LA HOMOLOGACIÓN DE VIAJE, CAMBIO DE DOMICILIO Y INSTITUCIONES FAMILIARES realizada por los ciudadanos ROBERTO RAUL GONZALEZ BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 19.750.898, domiciliado en Urbanización el Portal I, calle 13 A, casa 50-170, diagonal al colegio los Alamos de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del estado Zulia y SOFIA CAROLINA PONTE GOMEZ DE LA VEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 12.929.099, portadora del pasaporte venezolano Nro. 175033571, y pasaporte Estadounidense Nro. 668002710,.....