DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE la Medida Innominada de SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS del acto administrativo impugnado, es decir, acta de ejecución de fecha 06 de mayo 2026, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Lagunillas, Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt del Estado Zulia, como consecuencia del Procedimiento Administrativo Nro. 075-2024-01-0062, en el cual ordenó el procedimiento sancionatorio según lo establecido en el articulo 531 y 532 de la Ley Orgánica de Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, oficiando al Ministerio Publico de conformidad a lo establecido en el artículo 538 de la referida Ley Sustantiva, en concordancia con el artículo 483 del Código Penal Venezolan.....