Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los apoderados judiciales de la parte actora ciudadana ANA LINDA AMAYA PRIETO, plenamente identificada en actas, en fecha 11 de julio del año 2024, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha del 08 de julio del año 2024.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción de INTERDICTO POSESORIO DE AMPARO POR PERTURBACIÓN incoada por la ciudadana ANA LINDA AMAYA PRIETO, identificada en actas, en contra de los ciudadanos CARLOS ENRIQUE RICO y LEIDY DE LA TRINIDAD FERMÍN NATERA, plenamente identificados.
TERCERO: QUEDA CONFIRMA.....