Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por el ciudadano ALFREDO ANTONIO PAREDES RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.666.966, domiciliado en el Barrio Gran Mariscal, calle Bolívar, casa s/n, Parroquia Punta Gorda, Municipio Cabimas del Estado Zulia, representado por la Abogada en ejercicio, ciudadana JAZMIN RICHARD MC GUIRE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 46.535, en contra de la ciudadana NOEMI DEL CARMEN REYES DE PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.668.631, domiciliada en la Avenida 22, Sector R5, punto de referencia antiguo abasto Nuevo frente, Parroquia La Rosa, .....