Por los fundamentos precedentemente expresados, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
• PRIMERO: SIN LUGAR al recurso de apelación interpuesto en fecha tres (03) de agosto del año 2023, en contra de la decisión proferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha doce (12) de julio del año 2023; y en consecuencia:
• SEGUNDO: PROCEDENTE EL DERECHO A COBRAR HONORARIOS JUDICIALES en el PRESENTE JUICIO DE ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES seguido por los profesionales del Derecho FRANCISCO JAVIER ROMERO LUJÁN y ENRIQUE LUIS DURÁN FERNÁNDEZ, plenamente identificados en actas, causados en el expediente signado con el N° VP21-V-2015-001085, llevad.....