Por los fundamentos expuestos, y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación incoado por el profesional del derecho RICARDO ANTONIO DELGADO VICTORIA, identificado en las actas, de fecha once (11) de marzo de 2026, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Ciudad Ojeda de fecha veintitrés (23) de febrero del presente año en curso.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD de la sentencia proferida por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha veintitrés (23) de febrero de 2026.
TERCERO: SIN.....