Por los fundamentos precedentemente expresados, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
• PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha del 30 de septiembre del año 2024 por la profesional del Derecho SOLIANDRYNA SIERRA OLIVARES actuando en nombre y en representación de la ciudadana CARMEN URDANETA DE FINOL plenamente identificada en actas en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Cabimas el día 24 de septiembre del año 2024
• SEGUNDO: IMPROCEDENTE el Decreto de la Medida Cautelar Nominada de Secuestro solicitada por la parte demandante ciudadana CARMEN URDANETA DE FINOL plenamente identificada en actas.
• TERCERO: como consecuencia de .....