PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio CESAR DÁVILA, inscrito en el inpreabogado con el N°29511, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA ELENA ROMERO CARRUYO, parte demandada en el presente asunto, ejercido en contra del auto dictado en fecha veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), emitido por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), emitido por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
TERCERO: Se REPONE la causa al estado procesal en el cual se encontraba al momento del dictamen del auto de fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), en el cual se ordenó la intimación de los demandados, por consiguiente, se d.....