PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada-recurrente, en contra del auto de fecha primero (01) de Agosto del dos mil veinticinco (2025), proferida por el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por haber sido presentado en forma extemporánea, debido a que el proceso se encuentra en la fase de ejecución conforme a lo preceptuado por el artículo 186 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: SE ORDENA al Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Ci.....