PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio Ildegar Fernando Arispe Borges, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil VENEZOLA DE SERVICIOS PORTUARIOS, C.A. (VENSPORT), contra el auto de admisión de pruebas dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintitrés (2023).
SEGUNDO: NULO el auto de admisión de pruebas dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), con ocasión al juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, sigue la Sociedad Mercantil TRANSNAVE, C.A., contra la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE SERVICIOS PORTUARIOS, C.A. (VENSPORT).
TERCERO: Se ORDENA la REPOSICIÓN DE LA CAU.....