IV
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el presente RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, presentado por el Ciudadano PEDRO ANTONIO RINCÓN OQUENDO, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.541.024, en su condición de presidente de la Sociedad Mercantil REFRIGERACION INDUSTRIAL COSTA ORIENTAL DEL LAGO C.A (RINCOLCA), con domicilio en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, demandando la nulidad del Acto Administrativo de efectos particulares en contra de acta de ejecución, de fecha 05 de mayo de 2026, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Ciudad Ojeda del Estado Zulia, como consecuencia del Procedimiento Administrativo Nro. 075-2024-01-0061, en el cual ordenó el procedimiento san.....