Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• HOMOLOGADO el desistimiento de la apelación formulado por el Abog. ARNOLDO FRANCISCO MELÉNDEZ, con inpreabogado bajo el No. 104.035, quien obra en su propio nombre y representación como parte demandante y apelante en el presente proceso. Y en consecuencia;
• Se da por consumado el citado acto unilateral de desistimiento del recurso de apelación, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.
• Queda de esta manera CONFIRMADA la decisión apelada.
• Se ordena remitir inmediatamente el presente expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
No se hace especial pronunciamiento sobre costas procesales, dada la n.....