Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la ciudadana. MARIANELA FERRER GONZÁLEZ, en su carácter de Jueza Suplente del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO sigue el ciudadano CARLOS LUIS BARSIKH MEDINA, antes identificado, en contra de los ciudadanos JUAN SIMÓN BARSIKH MEDINA y ALFREDO JOSE BARSIKH MEDINA, también plenamente identificados en actas.
Se deja expresa constancia que el procedimiento a seguir será de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 del Código de Procedimiento Civil, a los efectos de pronunciarse sobre la recusación que se interpuso en contra de la Dra. ZULAY BARROSO OLLARVES, ya iden.....