DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre los siguientes inmuebles propiedad del demandado y fiador solidario y principal pagador ALEXANDER RAFAEL PEROZO AVILA, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-21.165.618:
• Un inmueble formado por la parcela distinguida con el N° III 07-01 y la vivienda sobre ella construida, Tipo B, manzana 7, de la Urbanización Oasis Country III villas, ubicada en la intersección de la Avenida 11A con la Calle 25; en el sector conocido como "Santa Rosa de Tierra", en jurisdicción de la Parroquia, Coquivacoa, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, C.....