I. DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA, propuesta por la ciudadana OSMAIRA YANET LUJANO ESCALENTE, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. V- 9.713.851, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, debidamente asistida por las profesionales del derecho YANNIS SUSANE GUERRERO MARIN y LISETT GUILERMINA ALMAZO REYES, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nos. 268.426 y 302.553, domiciliado en el municipio Maracaibo estado Zulia, en contra de la de la sucesión de los ciudadanos VICENTE PARRA VALBUENA, VICENCIO PEREZ SOTO y JUAN MONTES MONSERRATTE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Incluso en el.....