PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, sede Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
APROBADO Y HOMOLOGADO EL ACUERDO DE AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR, suscrito por los ciudadanos GABRIELA CHIQUINQUIRA BRICEÑO CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 18.574.284 y LENIN SEGUNDO BRACHO DELGADILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 17.412.826, debidamente domiciliados en el barrio las corubas, calle 59E, casa 15C-90 de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistidos por la abogada MARISEL SANQUIZ RODRIGUEZ, Defensora Publica Octava (08), designada para el Área de Protección de Niños, N.....