Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• HOMOLOGADO, el Desistimiento del Procedimiento y de la Acción formulado por la parte actora, ciudadana GRIMILDA VERA RODRIGUEZ, ya identificada, y en consecuencia;
• Se da por consumado la citada actuación procesal y se procede como en sentencia pasada por autoridad de cosa juzgada.
• Se ordena remitir el presente expediente, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, con sede en Cabimas.
Dada la naturaleza de lo decidido no se hace especial pronunciamiento sobre las Costas Procesales.
REGISTRESE y PUBLIQUESE. Incluso, en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve. Déjese cop.....