Por los fundamentos precedentemente expresados, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el FRAUDE PROCESAL delatado por el abogado ARNOLDO FRANCISCO MELÉDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 104.035 en fecha del veinte (20) de marzo del año 2025 contra los ciudadanos DANNY RODRÍGUEZ titular de la cédula de identidad N° V-8.695.757 abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N° 57.842, ANGELICA MARIA DE CANDIDO FLORES titular de la cédula de identidad V-17.827.167, ZULAY RAQUEL BARROSO OLLARVES, titular de la cédula de identidad N° V-10.080.022 en su condición de JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE.....