III. DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la Transacción Judicial presentada mediante escrito de fecha 09.06.2026, suscrito por la parte demandante, CONDOMINIO DEL EDIFICIO CENTRO EMPRESARIAL DE OCCIDENTE, constituido e inscrito por ante la Oficina de Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 17 de diciembre de 1984, bajo el numero 24, protocolo primero, Tomo 24, RIF J-30317679-8 y la parte demandada, la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES PESO, C.A inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, en fecha 05 de Octubre de 2006, bajo el numero 32, Tomo 60-A. En consecuencia CONSUMADO el modo anormal de terminación del .....