Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Hecho interpuesto por las profesionales del Derecho NILHSY CASTRO DE OJEDA y YOMAIRA MATOS, plenamente identificadas en actas, quienes actúan como apoderadas judiciales de la ciudadana FRANCESCA MELLA GOZZO DE SERPENTINO y de la sociedad mercantil TALLER SAN ANTONIO C.A., plenamente identificados, en contra del auto dictado por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, en fecha del quince (15) de abril del año 2024, en el juicio de Ejecución de Hipoteca que consta en las actas procesales, signado con la nomenclatura 38.849 del Juzgado A quo, el cual declaró IMPROCEDENTE el recurso d.....