II.- DECISIÓN.
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción interpuesta mediante escrito de fecha doce (12) de agosto de 2025, suscrito por las partes en el proceso, el ciudadano ORLANDO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, actuando en su condición de endosatario en procuración al cobro del ciudadano FERNANDO ANDRÉS LOBOS AVELLO; en conjunto con el ciudadano NERIO CORDERO BOSCAN, en su carácter de presidente de las sociedades mercantiles INVERSIONES MFFF, S.A, EC HOLDING C.A., y CONSTRUCCIONES LAS MORENAS, C.A., todos ampliamente identificadas en la parte narrativa del presente fallo.
SEGUNDO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN) intentada por el ciudadano ORLANDO GONZÁLE.....