IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE este Tribunal en razón de la cuantía para conocer de la pretensión que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, fue interpuesta por el abogado en ejercicio ALEJANDRO PEROZO actuando como apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES EMOCOL, C.A., contra la Sociedad Mercantil FARMACIA FARMAEXPRESS 24 SAN FRANCISCO, C.A., anteriormente identificadas, en consecuencia:
SEGUNDO: SE DECLINA el conocimiento de la presente demanda a cualquier Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, que corresponda conocer por distribución.
TERCERO: Se ordena la remisión de la presente demanda a los fines de su d.....