Dispositivo.
Por los fundamentos expuestos, en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto ante este Juzgado por los ciudadanos Jorge Romero Hernández y Carlos Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.724.710 y V-7.827.372, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo las matrículas Nros. 41.018 y 25.916, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la sociedad mercantil "SIDERÚRGICA ZULIANA, C.A", inscrita ante el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nro. J-070080752; y, por el ciudadano Rafael Antonio Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.515.111, asistido por los abogados Jorge Romero Hernández y Carlos Martínez, anteriormente identificados, contra el Oficio Nro. CJ-NRO. 058-25, dictado por la Gobernación del estado Zulia, en fecha 4 de junio de 2025, notificado el día 06 de junio de 2025, sustanciado bajo el expediente Nro. .....