PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO:CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora-recurrente en contra del auto de fecha diecinueve (19) de septiembre del dos mil veinticinco (2025), proferida por el Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: SE ORDENA al Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, reponer la causa al estado en que se celebre nuevamente la Audiencia Preliminar. TERCERO: Notifíquese de la presente decisión al Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, M.....