´Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por el ciudadano SAMUEL ALEJANDRO DIAZ CUBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 25.187.091, número telefónico 0414-6771446, correo electrónico samuel.a.diazc@gmail.com, domiciliado en el Municipio Lagunillas del estado Zulia, contra la ciudadana GRISELIZ DAYRIT MOLINA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 21.187.804, número telefónico 0414-6949014, correo electrónico giselizdayritm@gmail.com, domiciliada en el Municipio Lagunillas del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, y el criterio de la .....