´DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de medida cautelar de secuestro de fecha dos (02) de marzo de 2026, presentada por la abogada en ejercicio VENUS MORANTE CARRIZO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 302.555, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil PIVCA PROMOTORA DE INVERSIONES Y VALORES, C.A., antes identificada en el presente fallo, sobre: el Vehículo identificado de la siguiente manera: Marca: KAIYI; Modelo: X3 1.5L CVT GLS; Año: 2024; Color: Blanco; Tipo: SPORT WAGON; Uso: Particular; Clase: Camioneta; Serial Carrocería: LUYJB2G2XRA003471; Serial Motor: SQREG15CBDNL60854; Placa: AD008CF.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de lo especial del fal.....