PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada (en el acto de ejecución de medida) en fecha 28 de octubre de 2025, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN) fue incoado por la Sociedad Mercantil ENVASADO DE SALSAS ALO FRITO S,A, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 16 de julio de 1996, bajo el Nº 44, tomo 51-A, e inscrita ante el Registro de Información Fiscal con el Nº J-303663389; en contra de la Sociedad Mercantil JUSTO & BUENO C.A, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 07 de junio de 2019, bajo el Nº 86, tomo 13-A; en consecuencia, se tiene CONSUMADO el referido juicio por haberse configurado un modo anormal de terminación del proceso.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Incluso en.....