DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGOsobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, sociedad mercantil CIUDAD SERVICIOS GENERALES COMPAÑÍA ANÓNIMA, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha veintinueve (29) de agosto de 2022, anotada bajo el No. 13, Tomo: 105, inscrita en el Registro Único de Información Fiscal: J-502630694, representada por el ciudadano JUAN PABLO URDANETA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. 21.038.228, el cual deberá indicar el ejecutante ante el Tribunal Ejecutor respectivo, hasta cubrir el doble del monto especificado en el decreto intimatorio proferido por este Juzgado, lo cual constituye la ca.....