Por los fundamentos precedentemente expresados, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en la ciudad de Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, en la Solicitud de EXEQUATUR formulada por la profesional del derecho DIANA BOLÍVAR BOLÍVAR, identificada en actas, actuando en representación como apoderada judicial de los ciudadanos MARIA GABRIELA LÓPEZ CHIRINOS y MELVIN JOSÉ PORTILLO REVEROL, también plenamente identificados en actas, declara:
• Se otorga a la sentencia extranjera el exequátur solicitado por la profesional del derecho DIANA BOLÍVAR BOLÍVAR, acreditada en actas, actuando en representación como apoderada judicial de los ciudadanos MARIA GABRIELA LÓPEZ CHIRINOS y MELVIN JOSÉ PORTILLO REVEROL, también plenamente identificados en actas, a los fines que ésta surta ante la jurisdicción de la República Bolivariana de Venezuela, todos sus efectos.
• No se .....