III. DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción presentada mediante escrito de fecha seis (06) de marzo de 2026, suscritas por la parte actora la ciudadana NAYMELYN DEL CARMEN SALAZAR MENDEZ y el demandado ALBIN JOSÉ VILLALOBOS ROMERO, identificados plenamente en la parte narrativa del presente fallo.
SEGUNDO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, ha sido incoada por la ciudadana NAYMELYN DEL CARMEN SALAZAR MENDEZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, con cédula de identidad No. V- 16.838.959, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra del ciudadano ALBIN JOSÉ VILLALOBOS ROMERO, venezolano, mayo.....