Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano ENDER JOSÉ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.873.137, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por el profesional del derecho FREDDY HERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 199.390, contra la ciudadana ELSY GÓMEZ DE MARÍN, en su condición de Jueza Suplente del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
• SEGUNDO: SE IMPONE, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber sido declarada SIN LUGAR la Recu.....