DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas en cuanto a los hechos y al derecho, éste Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara, lo siguiente:
1.- Su INCOMPETENCIA para el conocimiento, sustanciación y decisión del Recurso Contencioso Tributariointerpuesto ante este Juzgadopor el abogado ALEXANDER QUEVEDO QUEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, No. V-15.747.063 e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 120.270, actuando en carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES MANOVIAL, C.A,debidamente inscrito ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda (Hoy Estado Bolivariano de Miranda), de fecha primero (1°) de abril de mil novecientos noventa y uno (1991), bajo el No. 73, Tomo 4-A, e inscrita en el Registro de Información Fisca.....