En mérito de las consideraciones precedentemente explanadas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del demandado, y en ese sentido se declara CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO incoado por el ciudadano HELI FERNANDO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-12.218.296, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, contra el ciudadano ROBERTO BERBESI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-21.229.185, domiciliado en el municipio San Francisco del estado Zulia, y en consecuencia;
SEGUNDO: SE TIENE LEGALMENTE RECONOCIDO el instrumento privado suscrito por los ciudadanos HELI FERNANDO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y ROBERTO BERBESI, ut supra identificados.....