Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, resuelve:
1.- HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento de la presente Acción de Amparo, formulado por el abogado RAÚL JOSÉ GONZÁLEZ CHAVÉS, portador de la cédula de identidad Nro. 15.158.391 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.093, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA Y PROCESADORA DE CARNES, C.A. (DISPROCAR), inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 19 de julio de 2002, bajo el Nro. 27, Tomo 29-A., identificada con el Registro de Información Municipal bajo la referencia 203R002595 y con domicilio fiscal en la avenida 10 entre calles 69 y 70, local Disprocar, sector Tierra Negra en jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá de la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y le da el carácter d.....